Como
Gremial de Compañías de Seguridad y representantes del gremio de la seguridad
privada en Guatemala, hacemos del conocimiento de las empresas privadas que
contratan nuestros servicios y de la población en general que:
1.
La
Gremial de Compañías de Seguridad Privada en Guatemala colabora activamente con
los organismos del estado correspondientes, tales como la Dirección General de
Servicios de Seguridad Privada – DIGESSP - y la Dirección General de Armas y
Municiones, DIGECAMpara
velar porque las empresas miembros cumplan con lo establecido en la ley.
2.
Reconocemos
el Decreto 52-2010 del Congreso de la República: “Ley que regula los servicios
de seguridad privada”, como el principal Decreto Ley que rige las operaciones
del sector que brinda servicios de seguridad en Guatemala.
3.
Las
empresas de seguridad privada que operan con Acuerdo Gubernativo o Acuerdo Ministerial,
cuentan con el respaldo del Decreto Ley 52-2010 según el artículo 67 que les
permite operar legalmente haciendo mención que dichas empresas cuentan con
experiencia en el ámbito de la seguridad lo cual asegura un servicio eficiente
y competitivo.
4.
Quienes
contraten servicios de seguridad a empresas que operan ilegalmente, incurren en
las mismas responsabilidades y sanciones que la empresa misma, Decreto
Ley 52-2010 según el artículo 66 por tanto, es importante que se asesoren
previamente a la contratación de empresas de seguridad. Esto podrá hacerse a través de la
DIGESSP o en su efecto con la Gremial de Compañías de Seguridad Privada como
representante del gremio.
“La
Gremial de Compañías de Seguridad Privada está comprometida con contribuir a la
seguridad de los guatemaltecos, respetando el marco de legalidad establecido en
la constitución, acatando las disposiciones de la DIGESSP y ofreciendo un
servicio de seguridad profesional y óptimo a través de nuestros agremiados”.
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