Resulta
sorprendente que la casación en Guatemala no ha sufrido modificaciones desde
1964. El recurso de casación actual es extremadamente formal, tanto en su fondo
como en su forma, y por el momento, la regulación guatemalteca restringe la
posibilidad de interponer recurso de casación según varios criterios
desactualizados.
Por su parte, el
nuevo recurso de casación de la legislación española parece ser algo
completamente diferente, que aplicado en todos sus alcances tiene el potencial
de producir una verdadera transformación del sistema jurídico completo, pasando
de una legislación enfocada a corregir errores a una legislación enfocada a la
creación de jurisprudencia.
El sistema
legislativo guatemalteco, al igual que todos los sistemas continentales,
consideran la aplicación de la ley como la labor principal de los jueces; sin
embargo la historia ha demostrado que generar jurisprudencia, permite a la
sistema judicial dar flexibilidad a la interpretación de la ley, a beneficio de
casos que no están contenidos en ella, debido a la rápida transformación de
nuestras sociedades.
Es por esto que el Licenciado
Enrique Möller M.A. de EY LAW advierte que "es recomendable modificar el objeto
de la casación en Guatemala, fijando el INTERÉS CASACIONAL no en corregir
errores de las salas de lo contencioso administrativo, sino en sentar nueva
jurisprudencia o unificar la existente. Esto significa que el sistema judicial
puede convertirse en el principal transformador, y hasta
cierto punto creador, de las nuevas formas de resolución de conflictos en
Guatemala".
Su análisis se basa
en la modificación que recientemente sufrió la legislación española al
respecto.Durante su ponencia en el Foro 2 del las VII Jornadas De Derecho
Tributario, organizadas por el Instituto Guatemalteco De Derecho Tributario, el Consultor de EY
LAWejemplificó que la legislación española en su nueva casación, más que una
simple modificación de su objeto, hizo una verdadera transformación del recurso
mismo.
La mayor diferencia
con la casación tradicional que existe en Guatemala y la nueva casación
española, es que:
- La casación, como los guatemaltecos la conocen
hasta el momento, ha sido un instrumento para corregir errores de los
tribunales de justicia.
- Pero en el caso de la nueva casación española,
su fin primordial ya no es corregir errores sino sentar o unificar
jurisprudencia, para adaptar la interpretación de la ley a los tiempos, la
sociedad y las costumbres de las personas a quienes se aplica, brindando
mayor flexibilidad al sistema legislativo.
Sobre las modificaciones de la legislación Española
al Recurso de Casación en materia Contencioso Administrativa.
España
recientemente (2015-2016) modificó la legislación que tenía vigente desde 1985
para el recurso de casación en materia contencioso administrativa, que hasta
entonces mantenía - como en Guatemala - un carácter extraordinario y restringido.
La modificación
española primordialmente elimina el carácter extraordinario del recurso,
estableciendo como única finalidad declarada la de sentar o unificar la
doctrina jurisprudencial.
Por otra parte, la
nueva legislación amplía el ámbito de resoluciones recurribles en casación y
deja al criterio del Tribunal Supremo la apreciación de la existencia de lo que
llama “INTERÉS CASACIONAL” que la nueva legislación requiere para su admisión a
trámite.
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