miércoles, 27 de septiembre de 2017

FORO LEGAL DISCUTE RECIENTES REFORMAS ESPAÑOLAS AL RECURSO DE CASACIÓN

Resulta sorprendente que la casación en Guatemala no ha sufrido modificaciones desde 1964. El recurso de casación actual es extremadamente formal, tanto en su fondo como en su forma, y por el momento, la regulación guatemalteca restringe la posibilidad de interponer recurso de casación según varios criterios desactualizados. 

Por su parte, el nuevo recurso de casación de la legislación española parece ser algo completamente diferente, que aplicado en todos sus alcances tiene el potencial de producir una verdadera transformación del sistema jurídico completo, pasando de una legislación enfocada a corregir errores a una legislación enfocada a la creación de jurisprudencia.

El sistema legislativo guatemalteco, al igual que todos los sistemas continentales, consideran la aplicación de la ley como la labor principal de los jueces; sin embargo la historia ha demostrado que generar jurisprudencia, permite a la sistema judicial dar flexibilidad a la interpretación de la ley, a beneficio de casos que no están contenidos en ella, debido a la rápida transformación de nuestras sociedades.

Es por esto que el Licenciado Enrique Möller M.A. de EY LAW advierte que "es recomendable modificar el objeto de la casación en Guatemala, fijando el INTERÉS CASACIONAL no en corregir errores de las salas de lo contencioso administrativo, sino en sentar nueva jurisprudencia o unificar la existente. Esto significa que el sistema judicial puede convertirse en el principal transformador, y hasta cierto punto creador, de las nuevas formas de resolución de conflictos en Guatemala".

Su análisis se basa en la modificación que recientemente sufrió la legislación española al respecto.Durante su ponencia en el Foro 2 del las VII Jornadas De Derecho Tributario, organizadas por el Instituto Guatemalteco De Derecho Tributario, el Consultor de EY LAWejemplificó que la legislación española en su nueva casación, más que una simple modificación de su objeto, hizo una verdadera transformación del recurso mismo.

La mayor diferencia con la casación tradicional que existe en Guatemala y la nueva casación española, es que:

  • La casación, como los guatemaltecos la conocen hasta el momento, ha sido un instrumento para corregir errores de los tribunales de justicia.
  • Pero en el caso de la nueva casación española, su fin primordial ya no es corregir errores sino sentar o unificar jurisprudencia, para adaptar la interpretación de la ley a los tiempos, la sociedad y las costumbres de las personas a quienes se aplica, brindando mayor flexibilidad al sistema legislativo.
 Sobre las modificaciones de la legislación Española al Recurso de Casación en materia Contencioso Administrativa.

España recientemente (2015-2016) modificó la legislación que tenía vigente desde 1985 para el recurso de casación en materia contencioso administrativa, que hasta entonces mantenía - como en Guatemala -  un carácter extraordinario y restringido.

La modificación española primordialmente elimina el carácter extraordinario del recurso, estableciendo como única finalidad declarada la de sentar o unificar la doctrina jurisprudencial.


Por otra parte, la nueva legislación amplía el ámbito de resoluciones recurribles en casación y deja al criterio del Tribunal Supremo la apreciación de la existencia de lo que llama “INTERÉS CASACIONAL” que la nueva legislación requiere para su admisión a trámite.                                                  
                                           

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